De fútbol, jueces y el peso de la ley
En todo sistema que aspire
seriamente a funcionar, el respeto por la ley debe ser inexorable. Y esto no es
una opinión personal: es un axioma comprobado por la historia de la humanidad y
la evolución de las sociedades más desarrolladas (las que mejor viven suelen
ser siempre las que más respetan las leyes que se autoimponen). Ayer mismo los
argentinos tuvimos dos interesantes muestras sobre la trascendencia del imperio
de la norma, en campos tan diversos como lo son el fútbol y la justicia.
Primeramente lo que realmente
sacudió la realidad argentina fue la noticia –tapa de todos los periódicos- de
una fuerte sanción disciplinaria al capitán de nuestro seleccionado de fútbol,
al que el máximo organismo internacional (FIFA) penalizó de oficio –ante la
inacción de los árbitros y las autoridades nacional y regional- por
insultar airadamente a las autoridades del partido. Paradójicamente luego de
ganar justamente a costa de un muy dudoso penal pitado a nuestro favor, Lionel
Messi increpó agraviantemente a los árbitros a cara descubierta y a escasa
distancia por alguna cuestión menor de interpretación: hizo todo mal,
sobreactuó innecesariamente la queja, en frío y sólo para exponer un supuesto
liderazgo carismático como capitán, con una gesticulación de improperios
inadmisibles y lógicamente antirreglamentarios que todas las cámaras y todo el
mundo inevitablemente advirtieron. Todos menos las autoridades de fútbol
sudamericanas, siempre temerosas de aplicar la ley, máxime cuando su rigor
complique a los seleccionados poderosos o al mejor futbolista de la actualidad.
Superando la angustia
futbolera (a la que lógicamente como hincha de Racing estoy acostumbrado), es
fundamental en este punto dejar de victimizarse internacionalmente por la pena
al astro futbolero, y entender que la realidad es mucho más simple que cualquier
paranoia: si existe un hecho objetivo irrefutable (como este insulto descarado
y en frío de un capitán de equipo a una autoridad del juego) y una norma
vigente bien clara (el reglamento que prohíbe y sanciona esa conducta),
cumplida la instancia de la previa defensa, sólo se puede derivar una única
reacción posible: la pena. Lo contrario (omitirla) deslegitimaría al sistema y
propiciaría una vez más el “vale todo”, en el que solo triunfan pícaros y
mañosos. Por eso, toda sanción –y no sólo esta- siempre es ejemplar, puesto que
está destinada a hacer respetar las reglas de juego, y volver a marcar límites
ante los excesos. No importa que sea Messi el sancionado, ni que corra
peligro nuestra ansiada clasificación al Mundial (meca efímera de toda felicidad
argentina), pues la lección debe ser clara: nunca seremos campeones reales si
no aprendemos a respetar las normas que regulan el juego. Y ni hablar de vivir
dependiendo de objetivos de largo plazo sólo en base a milagros o potenciales
salvadores…
En las antípodas de la
deliberación de la FIFA en tierras suizas, y mucho más cercana a los foros de
interpretación de las normas, simultáneamente nuestra Corte Suprema de Justicia
de la Nación decidía también poner a la ley por encima de las personas. Al
resolver en el planteo de reconocimiento de vigencia en el cargo de un
reconocido juez platense de avanzada edad (el camarista federal Héctor
Schiffrin), el máximo tribunal del país revocó su doctrina previa emitida hace
un par de décadas para exceptuar al entonces magistrado Carlos Fayt del nuevo
art. 99., y determinó que a partir de ahora es plenamente exigible a los jueces
nacionales la necesidad de una re-designación cumplidos los 75 años, que debe
ser renovada quinquenalmente, pare evitar la caducidad del cargo. El análisis
jurídico de los votos de ese fallo (con una interesante discrepancia del Dr.
Rosenkrantz) escapa a esta oportunidad, pero vale resumir que en lo concreto ha
provocado un cambio rotundo del panorama de muchos magistrados que han pasado o
están próximos a superar la edad límite (el caso de la jueza electoral Servini
de Cubría es el más conocido). Mención aparte lo merece la propia vocal del
Tribunal, Elena Highton de Nolasco, quien hace poco fuera exceptuada de esa
necesaria redesignación por un fallo de primera instancia firme que validó la
extensión automática de su cargo. Pero sólo en principio…
La Dra. Highton es en la
actualidad la única mujer de los cinco jueces de la Corte Federal, además de
reconocida como una eximia jurista de vasta trayectoria judicial. Pero la
novísima doctrina del Tribunal que ella misma integra respecto a la necesidad
de que TODOS los jueces respeten la obligatoriedad del proceso de
re-designación previsto en la Constitución vigente debiera motivarla a
acogerse voluntariamente a dicho procedimiento antes de diciembre (cuando
cumpla los 75), lo cual seguramente será fructífero para ella para legitimarla
por su actualidad y por sus condiciones intachables.
Pero principalmente será útil
para los argentinos porque nadie como el ejemplo de los poderosos (sean los
máximos jueces o los máximos futbolistas) para demostrar al resto de los
terrenales que el respeto de la ley no puede nunca depender de su conveniencia
estratégica: “DURA LEX, SED LEX” (la ley será dura, pero es la ley).
Julián Portela
Profesor de Derecho Constitucional UNLP
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